Ley Emilia
La Ley Emilia entra en vigencia el 16 de septiembre de 2014,
la ley básicamente consiste en sanciona
con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en estado de ebriedad
que generen lesiones graves gravísimas o la muerte. Además, con esta reforma se
establece como delito fugarse del lugar del accidente y negarse a realizar el
alcohotest o la alcoholemia.
La Ley lleva el nombre de Emilia por la menor Emilia Silva Figueroa, fallecida el pasado 20
de enero del 2013 a causa de un accidente de tránsito, donde el conductor
involucrado, conducía en estado ebriedad.
Más que resaltar la culpabilidad no tan solo del
protagonista de este, sino que de todos los accidentes relacionados con el
estado de ebriedad, que de muchas perspectivas se puede cuestionar la
culpabilidad de los involucrados.
Hacer énfasis en los aciertos y/o aspectos negativos de esta
ley, primero que todo, como acierto, es completamente necesario castigar a
todas aquellas personas que conduzcan en estado de ebriedad, produzcan o no
accidentes, el simple hecho de hacerlo, pone en riesgo la vida de transeúntes y
la propia del conductor, tomando en consideración que detrás de cada persona va
a ver una familia o un grupo con apego, que sufra las consecuencias del
accidente.
Considerando estos riesgos y respaldándose en la conciencia responsable de los conductores,
único modo para evitar que se reiteren episodios de ese carácter.
En tal sentido, el endurecimiento de las sanciones que
considera la Ley Emilia, que comenzó a regir el 17 de septiembre del 2014,
debería ser un aporte en orden a desincentivar la ingesta de alcohol entre quienes
conducen y que desde ahora se exponen a las penas más duras de la historia de
nuestro país.
“Los accidentes de tránsito tienen distintas causas. Los
expertos afirman que cerca del 90 por ciento de éstos se producen por fallas
humanas del conductor y señalan a la ingesta de alcohol como la causa
principal; a continuación están la imprudencia y exceso de velocidad, las
deficiencias en calles y rutas y las fallas mecánicas de los vehículos”[1]
Tomando en cuenta la cita recién hecha, entender y apartar
que no todos los accidentes de tránsito están relacionados con la ingesta
desmedida de alcohol, separar las circunstancias en los casos que el accidente
no sea producido por el alcohol, ya sea por pérdida del control del vehículo,
falla mecánica, y/o cualquier suceso que lleve a la pérdida del control del
vehículo y posterior accidente, en
aquellos casos la jurisdicción debe ser separada de la Ley Emilia, ya que no se
rige por las mismas faltas a esta ley.
Ya desde otro punto de vista, desde su promulgación han salido algunas
voces en la Defensoría Penal Pública, a nivel nacional, que señalan que la
privación de libertad efectiva no es la respuesta más eficaz en estos casos. Se
cuestiona que una persona que cometa el delito, sin ser reincidente y sin tener
antecedentes penales, deba pasar al menos un año en la cárcel.
En este sentido, se ha hecho hincapié el impacto laboral y
familiar que supone la cárcel, por lo que se aconseja la imposición de una
adecuada pena sustitutiva para la pena privativa de libertad, junto con la
gravosa pena accesoria de inhabilidad perpetua para conducir vehículos. Por
otro lado, en un caso ocurrido en el sur del país, se discutió que la Ley
Emilia no presenta observaciones frente al caso de conducción de un menor de 18
años en estado de ebriedad. Se dejó establecido que por algo existe una ley de
responsabilidad penal adolescente, que debiera considerarse.
Quizás una visión crítica sobre la ley, no a sus gestores ni
familia afectada, a las acciones de las autoridades debieron ser hace mucho
tiempo atrás, no esperar a que ocurran desgracias para promulgar una ley, se
hubiesen evitado muchos accidentes y víctimas fatales, no se espera a las
tragedias para actuar (salvo una propia de la naturaleza que muchas veces son
impredecibles). Las medidas deben ser preventivas, de por si el ser humano está
expuesto a situaciones sociales ligada a grandes riesgos.
“La nueva normativa
legal nació de una petición ciudadana y lleva el nombre de Emilia por la menor
fallecida Emilia Silva Figueroa. Representa a muchas familias y amigos que han
perdido un ser querido a causa de un conductor irresponsable con alcohol. Con
la nueva Ley Emilia, que se encuentra vigente desde el 16 de septiembre de
2014, se sanciona con cárcel efectiva de al menos un año a los conductores en
estado de ebriedad que generen lesiones graves gravísimas o la muerte. Además,
con esta reforma se establece como delito fugarse del lugar del accidente y
negarse a realizar el alcohotest o la alcoholemia. De esta forma, la Ley Emilia
complementa la Ley Tolerancia Cero que entró en vigencia el año 2012, bajando
los límites de alcohol permitidos en la sangre para los conductores y
aumentando las sanciones por manejo en estado de ebriedad, como por ejemplo la
cancelación de la licencia de conducir”[2].
Las principales consideraciones de esta nueva Ley son:
1. Cárcel efectiva:
La normativa asegura cárcel efectiva durante al menos un año
a los infractores de la ley, e introduce penas que van desde los tres años y un
día a 15 años de presidio.
2. Dos nuevos
delitos:
Un delito calificado en caso de quienes conduzcan bajo la
influencia del alcohol y en casos de huida en accidentes o por negarse a que se
realicen controles de alcotest o alcoholemia.
3. Daños graves o la
muerte:
Eleva el nivel máximo de la pena en el caso que se ocasionen
daños graves o la muerte. Así, los autores arriesgan un presidio de 3 años y 1
día a 10 años.
4. Huir del sitio:
Cuando el conductor huye del sitio del suceso sin presentar
asistencia, cuando es un conductor profesional o cuando hay una reincidencia,
la pena que se arriesga es entre 5 años y 1 día a 10 años.[3]
Muy buena tu opinión y perspectiva :) Saludos.
ResponderEliminarGrande ley Emilia
ResponderEliminarbuen ensayo para conocer del tema :)
ResponderEliminarMuy buen ensayo compañero !
ResponderEliminarpero que calidad de ensayo!
ResponderEliminarnadie hubiera podido sintetizar mejor el tema en mil palabras saludos!!
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